
La obligación del administrador de reaccionar ante una situación de insolvencia no es opcional. La ley exige actuar con diligencia y adoptar medidas concretas para proteger a la sociedad y a sus acreedores. Cuando el administrador se limita a dejar que la empresa continúe operando en pérdidas o en insolvencia, incurre en responsabilidad personal. Además, corre el riesgo de quedar fuera de la Segunda Oportunidad durante diez años...






